Sindicato demanda a Starbucks por no pago de remuneraciones en medio de la crisis
Los trabajadores buscan que se les pague el total de las remuneraciones de abril, porque a su juicio la empresa no podía suspenderlos unilateralmente.
- T+
- T-
El Sindicato Starbucks, que agrupa a 680 trabajadores, presentó una demanda en contra de la empresa en el 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago para declarar ilegal la suspensión laboral que determinó el Grupo Alsea, controlador de la marca en Chile.
El objetivo de la acción es que se paguen las remuneraciones totales de abril, junto reintegrar los recursos utilizados desde el seguro de desempleo.
El 3 de abril Starbucks informó a baristas y supervisores la suspensión de su contrato laboral, en primera instancia vía telefónica y luego por correo. A partir de esa noticia, 1.600 trabajadores fueron obligados a recurrir al seguro de cesantía amparándose en la Ley de Protección de Empleo, que había sido promulgada por el Presidente Sebastián Piñera un día antes. Según trabajadores, el problema fue que no hubo pacto ni mutuo acuerdo, sino que se trató de "una imposición de su empleador".
Sin embargo, al respecto Alsea Chile señaló que desde un comienzo la compañía ha actuado estrictamente apegada a la Ley, y respetando todas y cada una de las reglas y procedimientos que contiene la Ley de Protección del Empleo, la que busca garantizar mantener el vínculo contractual con todos nuestros trabajadores.
"Hasta ahora el proceso ha funcionado bien, e incluso adicionamos un 10% de remuneración en el mes de abril a nuestros colaboradores para acercar aún más su sueldo al del régimen normal. La decisión de acogernos a esta Ley de Protección del Empleo, así como lo han hecho más de 80 mil empresas en el país, es una medida absolutamente necesaria para garantizar el trabajo futuro de todos nuestros trabajadores", expresó Alsea.
La postura de los trabajadores
La abogada que representa al sindicato, Wendoling Silva, dice que "la demanda es necesaria porque Starbucks suspendió la relación laboral con sus trabajadores incluso antes de que se publicara la ley y, segundo, porque según la normativa no está prohibido su funcionamiento por acto de la autoridad. La ley estipula que a quienes les afecta el acto son aquellas empresas quienes ven impedido o prohibido su desarrollo de actividades totalmente y no es el caso de esta compañía".
A su juicio, Starbucks lo que hace es vender en gran parte de sus tiendas de forma habitual o vía delivery, por lo que no ha tenido impedimento total de operar. En consecuencia, no podría suspender unilateralmente a sus trabajadores.
"Debido a ello, como hicieron una suspensión laboral y no corresponde, lo que debe hacer la empresa por lo tanto es pagar la remuneración completa a sus trabajadores", explica Silva.
Para el presidente del Sindicato de Starbucks, Andrés Giordano, "lo que se busca es que se pague a los trabajadores la remuneración de financiar forzosamente con sus ahorros en el seguro de cesantía. Si la empresa estimaba que estaba tan afectada como para suspender, debió hacerlo a través de un acuerdo con los trabajadores que representamos, previa consulta al sindicato, para lo que nuestra organización manifestó voluntad permanentemente".
Según los cálculos de la propia organización, los montos adeudados alcanzarían aproximadamente los $ 243 millones.
A la demanda presentada durante esta jornada, se suman una serie de fiscalizaciones de la Inspección del Trabajo en diferentes locales de Starbucks tanto en Santiago como en otras regiones del país ordenadas por la Directora del Trabajo, Camila Jordán Lapostol.
El objetivo es revisar la implementación efectuada por grandes empresas nacionales o multinacionales que se han acogido a la normativa del gobierno a la que, según el reciente balance de la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, ya la han utilizado más de 3 mil firmas.